El Número de Seguridad Social (NSS) es único, permanente e intransferible y se asigna para llevar un registro de trabajadores y asegurados. ¡Ahora también puedes obtener o localizar tu NSS a través de Internet!
Ahora puede hacerlo en línea:
- Ten lista tu CURP
- Tener una cuenta de correo electrónico
- Trámite digitalizado
Sigue las instrucciones para iniciar tu trámite, o si lo deseas, puedes realizar tu trámite en la ventanilla.
¿Qué documentos necesito y cuáles son sus características?
Si se va a realizar el trámite en línea se necesita lo siguiente:
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Por correo electrónico.
Si se realiza el trámite de manera presencial se necesitarán los siguientes documentos:
- Copia certificada del Acta de Nacimiento para su cotejo* Original.
- Identificación oficial vigente. Original.
- Clave Única de Registro de Población (CURP). Copia.
- Poder notarial** Original.
*En los casos en que el registro de nacimiento del interesado haya sido por Autoridad Civil (DIF y PGR), deberá mencionarse.
Si el interesado es extranjero y no cuenta con copia certificada del acta de nacimiento para su cotejo, apostillada y acompañada de la traducción al español, podrá presentar la documentación de identidad que lo acredite de acuerdo a su nacionalidad. En este caso, podrá ser una Carta de Naturalización y/o un documento migratorio vigente expedido por la autoridad competente (en su caso, prórroga o renovación migratoria) en original.
**En caso de que el trámite sea realizado por su representante legal, el Poder deberá ser expedido por un Notario Público (Fedatario o Corredor Público).
Nota: En caso de que elijas realizar el trámite de manera presencial, deberás presentar la documentación descrita anteriormente.
¿Qué información necesito saber antes de realizar este trámite?
Este trámite no genera derechos y obligaciones para el interesado y el Instituto Mexicano del Seguro Social, ni genera el registro en la Unidad de Medicina Familiar (UMF).
Los documentos solicitados no deben contener errores, tachaduras, borrones, tachaduras y/o enmendaduras.
Los documentos considerados como identificación oficial para este trámite son los siguientes:
- Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o por el Instituto Federal Electoral (hasta que expire su vigencia).
- Pasaporte vigente, mexicano o extranjero.
- Cartilla del Servicio Militar Nacional.
- Cédula profesional.
- Matrícula consular (documento de identidad expedido por una oficina consular a favor de un nacional).
- Cédula de identidad para extranjeros.
- Documento migratorio vigente, expedido por la autoridad competente (en su caso, prórroga o renovación del documento migratorio).
- En caso de que el interesado sea menor de 18 años, podrá presentar uno de los siguientes documentos como identificación
- Certificado oficial de estudios (primaria, secundaria o equivalente, bachillerato o equivalente), constancia del grado de estudios que cursa, credencial escolar o boleta de calificaciones, la cual deberá incluir una fotografía vigente y el número de incorporación al sistema educativo nacional (SEP).
- Cédula de identidad personal expedida por el RENAPO.
Información adicional acerca del trámite NSS
Tendrán la consideración de asegurados las personas que cumplan con lo establecido en los artículos 12 y 13 de la Ley de la Seguridad Social:
- Artículo 12 de la Ley del Seguro Social: Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio los siguientes:
I. Las personas que, de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o temporal, a otras personas físicas o morales o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que lo origine y sin importar la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón, aun cuando éste, en virtud de una ley especial, esté exento del pago de contribuciones;
II. Los socios de las sociedades cooperativas, y
III. Las personas que determine el Ejecutivo Federal mediante el Decreto respectivo, en los términos y condiciones que señale esta Ley y los reglamentos correspondientes. - Artículo 13 de la Ley del Seguro Social: Podrán ser asegurados voluntariamente en el régimen obligatorio los siguientes:
I. Los trabajadores de industrias familiares y los trabajadores independientes, tales como profesionistas, pequeños comerciantes, artesanos y demás trabajadores no asalariados;
II. Los trabajadores domésticos;
III. Ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios;
IV. Los patrones que sean personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, y
V. Los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios que estén excluidos o no estén incluidos en otras leyes o decretos como sujetos de la seguridad social.
En términos del numeral 5.4 del Acuerdo ACDO-HCT-150807/336. (DIR) relativo a las Reglas a que se refiere el decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones rurales y a los trabajadores rurales eventuales, publicado el 24 de julio de 2007.
El patrón que no proporcione el número de seguridad social de alguno de sus trabajadores en los movimientos de afiliación, deberá presentar el «Formato para el Registro del Trabajador Rural Eventual sin Número de Seguridad Social y/o Datos Completos» (TEC-Afil-01), para la localización o asignación del número de seguridad social.
Preguntas frecuentes acerca del NSS y sus trámites
¿Qué es el NSS?
El Número de Seguridad Social (NSS) es único, permanente e intransferible y se asigna para llevar un registro de trabajadores y asegurados. ¡Ahora también puedes obtener o localizar tu NSS a través de Internet!
¿Quién puede realizar el trámite?
La persona física que no disponga de Número de Seguridad Social para sí misma, o el representante legal del interesado, que deberá acreditar su representación.
¿Dónde puedo hacer este trámite?
- Por Internet: Puedes hacerlo por internet aquí.
- Las 24 horas del día, los 365 días del año.
- Presencialmente: En la Subdelegación correspondiente o en la Oficina de Afiliación y Recaudación Auxiliar, de lunes a viernes en días hábiles del IMSS de 8:00 a 15:30 horas.
¿Se puede hacer en línea?
Sí, en: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/gestionAsegurados-web-externo/home/asegurado
¿Cuál es el costo de este trámite?
Es gratuito y no tiene ningún tipo de costo realizar el trámite.